Servidumbre de tránsito vehicular y peatonal, para esta etapa y etapas futuras, y servidumbre de dotación e infraestructura que afecta al área indicada.

Servidumbre de dotación de infraestructura e instalación de servicios. No está permitida la intervención de esta área. La mantención está a cargo de la comunidad y de los vecinos colindantes.

Derecho a uso de área común destinada para áreas verdes y edificación de servicios comunitarios cuya mantención está a cargo de la comunidad.

Servidumbre de equipamiento y dotación de servicios para la comunidad. Zona de protección y restricción de radio 30m, libre de instalación de plantas de tratamiento de agua servidas y sus drenes.

Franja de servidumbre eléctrica Saesa: Línea de media tensión existente. Franja destinada a la mantención y explotación de líneas de energía eléctrica que afectan al área indicada. Es una zona libre de construcciones y acceso permanente, para mantención por parte de la compañía eléctrica.

Área de protección acuífera y de escurrimiento de aguas lluvias. Esta zona no permite intervenciones ni cambios de cursos, la mantención está a cargo del propietario y debe permitir el libre paso para mantención general.

Franja de protección para especies arbóreas existentes y escurrimiento de aguas lluvias. El propietario está a cargo de mantener la limpieza de la cuneta de escurrimiento de aguas entregada. No está permitida intervención alguna en esta zona. Tampoco está permitido eliminar árboles ni plantar especies que puedan modificar las cunetas.

Zona de protección de ladera de cerro y bosque existente, de las vertientes de agua, quebradas, acuífera y de escurrimiento de aguas lluvias. Esta zona no permite construcción alguna, tala de bosque, raleo, recorte ni perfilamiento de copas, excavaciones ni rellenos con material existente o material externo, intervenciones ni cambios de cursos existentes. La mantención está a cargo del propietario y debe permitir el libre paso para mantención general, quedando exentas las áreas que destine la inmobiliaria para el desarrollo del proyecto.

Área de protección destinada al escurrimiento natural de agua, acueducto y zona de protección de especies arbóreas siempre verdes existentes. Esta zona no permite construcciones o intervenciones que modifiquen el curso de agua. No está permitido el aprovechamiento de aguas (la adquisición de la parcela no constituye derechos de agua) y debe permitir el libre paso para mantención general de las riberas.

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